El Ministerio de Salud de Río Negro dispuso extender las medidas por COVID-19 una semana más, entre el lunes 7 y el viernes 11 de junio, inclusive. Durante el sábado 5 y domingo 6 regirán las restricciones establecidas en el DNU nacional.
Medidas dispuestas por Provincia que regirán entre el 7 y 11 de junio:
– Restricción de circulación entre las 20:00 horas y las 06:00 horas. Quedan exceptuados:
- a) Las personas incluidas en el Artículo 20º del Decreto Nacional Nº 78/21
- b) Los trabajadores de farmacias y estaciones de servicio para el expendio de combustibles.
- c) Las personas que estén asistiendo o regresando a sus hogares procedentes de locales gastronómicos, con comprobante de reserva o consumición, siempre que se encuentren dentro del lapso temporal estipulado.
– Quedan suspendidas estas actividades
- a) Las reuniones sociales en domicilios particulares, salvo para la asistencia de personas que requieran especiales cuidados.
- b) Las reuniones sociales en espacios públicos al aire libre de más de cinco personas.
- c) La realización de eventos culturales, sociales, recreativos y religiosos, tanto en lugares cerrados como al aire libre.
- d) La actividad de clubes deportivos y cualquier otra actividad deportiva de carácter grupal o que implique aglomeración de personas, tanto en espacios cerrados como al aire libre.
- e) Las actividades de casinos, bingos y discotecas.
- f) La realización actos públicos, protocolares, aniversarios y fiestas populares que puedan implicar afluencia de público.
- g) La realización de eventos, encuentros y competencias deportivas, profesionales o amateurs, en espacios públicos o privados, sean éstos cerrados o al aire libre. Queda autorizada la realización de las competencias oficiales “Torneo Federal A” de fútbol y “Liga Argentina de Básquet”, de acuerdo a los protocolos aprobados por las autoridades sanitarias nacionales y/o provinciales, sin asistencia de público.
- h) La actividad de cines, teatros, museos, bibliotecas, centros culturales y establecimientos afines.
– Habilitaciones especiales:
- a) Los locales gastronómicos (restaurantes, bares, etc.) podrán funcionar hasta las 23:00 horas, con un máximo del 30 % del aforo en relación con la capacidad máxima habilitada. Los propietarios, empleados y aquellos clientes que se encontraren en esos establecimientos a la hora de cierre dispuesta, dispondrán de hasta 60 minutos adicionales para retirarse de los mismos y llegar a sus domicilios de residencia dentro de ese lapso, debiendo acreditar tal circunstancia mediante comprobante de consumo o similar. En todos los casos deberá priorizarse la utilización de espacios al aire libre, instando en este sentido a las autoridades municipales a facilitar la utilización de espacios públicos al aire libre.
- b) Los locales comerciales de cualquier rubro podrán funcionar respetando el horario de circulación habilitado, de acuerdo a los protocolos vigentes.
- c) Las farmacias y estaciones de servicio -únicamente para el expendio de combustibles- podrán funcionar durante las 24 horas.
- d) Los jardines maternales, sin dependencia del Ministerio de Educación y Derechos Humanos, podrán funcionar en sus horarios habituales.
- e) Los gimnasios y estudios de disciplinas deportivas podrán funcionar respetando el horario de circulación permitido, con un máximo del 30 % del aforo en relación con la capacidad máxima habilitada, con adecuada y constante ventilación y con estricta sujeción a los protocolos aprobados.
– Dictado de clases
Continuarán las clases y actividades presenciales, exclusivamente en los niveles inicial, primario y educación especial, en las ciudades y localidades detalladas a continuación, en las que seguirá suspendida la presencialidad en los niveles secundario y superior. Esta decisión se adopta luego de haber realizado una evaluación conjunta de la situación epidemiológica imperante con el Ministerio de Educación y Derechos Humanos, y considerando especialmente la posibilidad del retorno de la presencialidad en aquellas localidades que registran una tendencia decreciente en la curva de contagios de COVID-19.
- San Carlos de Bariloche
- Dina Huapi
- Pilcaniyeu, Cerro Alto, Pichi Leufu Arriba, Pichi Leufu Abajo
- Maquinchao
- Los Menucos
- Sierra Colorada
- Ministro Ramos Mexía
- Guardia Mitre
- General Conesa
- El Cuy
- Ñorquinco
- Aguada de Guerra
- Aguada Guzmán
- Cerro Policía
- Comicó
- El Caín
- Mencué
- Naupa Huen
- Ojos de Agua
- Pilquiniyeu
- Pilquiniyeu del Limay
- Prahuaniyeu
- Río Chico – Río Chico Abajo
- Villa Llanquín
- Villa Mascardi
- Yaminue
- Paso Flores, Corralito
En el resto de la provincia sigue suspendido el dictado de clases presenciales y de las actividades educativas no escolares presenciales en todos los niveles y modalidades.
Medidas dispuestas por Nación que regirán el 5 y 6 de junio:
– La restricción de circulación nocturna regirá desde las 18 y hasta las 6 del día siguiente.
– Se suspende la presencialidad en las actividades económicas, industriales, comerciales, de servicios, culturales, deportivas, religiosas, educativas, turísticas, recreativas y sociales. Los trabajadores y las trabajadoras deberán realizar sus tareas bajo la modalidad de teletrabajo, cuando ello sea posible.
– Las personas deberán permanecer en sus residencias habituales y solo podrán desplazarse para aprovisionarse de artículos de limpieza, medicamentos, alimentos y otros de necesidad en los comercios esenciales y dentro del horario habilitado, siempre en cercanía a sus domicilios. Para este tipo de salidas, no será necesario contar con autorización para circular.
– Podrán realizarse salidas de esparcimiento en espacios públicos, al aire libre, de cercanía, en horario autorizado para circular y dando cumplimiento a las reglas de conducta generales. Para este tipo de salidas, no será necesario contar con autorización para circular.
– No se podrán realizar reuniones de personas, ni concentraciones, ni prácticas recreativas grupales, ni se podrá circular fuera del límite del partido, departamento o jurisdicción del domicilio de residencia.
– La gastronomía funcionará por delivery o take-away (retiro en el lugar).
– Se establecieron excepciones para circular en transporte público y sin uso de transporte público. En ambos casos se deberá presentar el Certificado Único Habilitante para Circulación – Emergencia COVID-19 (dentro del territorio, también funcionará el permiso CirculaciónRN). El desplazamiento deberá limitarse al estricto cumplimiento de la actividad autorizada. Las excepciones pueden verse en este artículo: https://www.rionegro.gov.ar/?contID=68762
– Siguen suspendidos los viajes grupales, de estudio y turísticos; y todas las reuniones sociales, sin importar la cantidad de personas.
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