Se extienden las restricciones nocturnas en Río Negro

0
196


En un reciente comunicado el Ministerio de Salud de Río Negro extendió las restricciones de circulación nocturna hasta el 28 de febrero. Según explica, tiene como objetivo de desalentar reuniones sociales que puedan favorecer la propagación del coronavirus en la Provincia.

De esta manera, se mantendrá la restricción será entre la 1 y las 6 en todo el territorio provincial, a excepción del ejido de San Antonio Oeste, El Bolsón y se suma Sierra Grande, donde la restricción será entre las 2 y las 6.

Además, se exceptúa de esta restricción a todo el personal considerado esencial, que deberá acreditar tal circunstancia ante requerimiento de cualquier autoridad.

El organismo provincial informó que aquellas personas que infrinjan esta norma serán denunciados con el fin de que la autoridad competente determine los delitos previstos en los artículos 205 y 239 del Código Penal de la Nación.

La circulación podrá extenderse, en todos los casos, por una hora más los días viernes, sábados, vísperas de feriados o feriados. Es decir, hasta las 3 de la mañana en SAO, El Bolsón y Sierra Grande; mientras que el resto de la Provincia será hasta las 2.

Los restaurantes, bares, heladerías, confiterías y locales similares del rubro gastronómico de toda la provinciapodrán funcionar en los mismos horarios en que se habilita la circulación. De forma excepcional se autoriza la circulación del personal dependiente de dichos establecimientos hasta una hora después del horario de cierre, quienes deberán acreditar tal circunstancia ante el requerimiento de cualquier autoridad pública.

De igual modo, se autoriza de forma excepcional la circulación de los clientes de dichos establecimientos, con un límite de hasta una hora después del horario de cierre, debiendo acreditar tal extremo con la exhibición de constancia de consumición, ticket, factura o constancia semejante emitida por el establecimiento en cuestión ante el requerimiento de cualquier autoridad pública.

Los protocolos sanitarios específicos para dichas actividades deberán propender a disminuir el aforo en espacios cerrados y privilegiar la utilización de espacios al aire libre, con estricto control del resto de las acciones preventivas establecidas para prevenir el contagio del COVID-19.

La Resolución 811 del Ministerio de Salud encomienda además a los Intendentes e Intendentas la fiscalización y supervisión, en forma conjunta con las fuerzas de seguridad dispuestas al efecto, autoridades provinciales y nacionales, del debido cumplimiento de las restricciones de circulación impuestas por la presente dentro de sus ámbitos territoriales.


5
/ 100








Source link

Síguenos en
icon Follow es ES 157
fb-share-icon16000
Tweet 7k
Pin Share20

DEJA UNA RESPUESTA

Por favor ingrese su comentario!
Por favor ingrese su nombre aquí