El legislador Fernando Frugoni le reclamó al Gobierno de Río Negro reglamentar la ley 5.279, mediante la cual la provincia adhirió a la norma nacional -sancionada en mayo de 2018- de muerte súbita. Lo hizo mediante un proyecto de comunicación, dirigido al Ministerio de Salud.
“La falta de reglamentación impide la plena aplicación de una ley que establece un sistema integral de prevención de la muerte súbita”, alegó el parlamentario del bloque de la CC-ARI.
En los fundamentos del proyecto, el legislador destacó que en Argentina una de cada cinco personas adultas fallece por enfermedades cardiovasculares, lo que refuerza la necesidad de contar con herramientas de prevención y respuesta temprana. Al respecto, sostuvo que “es fundamental saber cómo actuar ante una situación de paro cardiorrespiratorio”.
La muerte súbita se produce, en la mayoría de los casos, como consecuencia de una arritmia que provoca el cese del latido cardíaco efectivo y la pérdida de conciencia. Ante estas situaciones, el uso de un desfibrilador externo automático dentro de los primeros cuatro minutos resulta determinante para aumentar las posibilidades de supervivencia y evitar daños neurológicos irreversibles.
El desfibrilador externo automático (DEA) es un dispositivo electrónico portátil que permite diagnosticar y restablecer el ritmo cardíaco mediante una descarga eléctrica, diseñado para ser utilizado de manera sencilla y segura en espacios públicos, centros deportivos y ámbitos laborales.
La Ley Nacional Nº 27.159 establece un sistema integral para la prevención de la muerte súbita en lugares públicos y privados de acceso público, promoviendo la instalación de DEA y la capacitación en Reanimación Cardiopulmonar (RCP) para la creación de espacios cardioasistidos.
En ese sentido, Frugoni afirmó que “la reglamentación de la ley es necesaria para avanzar en su implementación efectiva en la provincia”.












