La denuncia la formuló en la Comisaría de la Familia. El Juzgado de Paz ordenó medidas para resguardar a la mujer y elevó la causa al Juzgado de Familia para su continuidad.
Una mujer denunció a un hombre por hostigamiento y pidió medidas de resguardo. La presentación la formalizó el pasado 23 de junio en la Comisaría de la Familia. En su relato, la chica detalló que con el sujeto identificado con la letra C, mantuvieron una relación de amistad por coincidir en encuentros futbolísticos.
Sin embargo, dijo que no deja de acosarla. A raíz de su testimonio, cuyo tenor no se precisa en qué consistieron ni otras circunstancias, se inició una causa con la intervención del Juzgado de Paz local, de acuerdo a lo que establece la Ley Nacional 26485, que regula la “Protección Integral para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres en los ámbitos en que desarrollen sus relaciones interpersonales”.
Daniel Delgado, el titular del juzgado, determinó que la norma resulta “la vía más adecuada y efectiva para la tutela judicial de los derechos invocados”.
Sostuvo que el encuadre legal “responde a la obligación del órgano jurisdiccional de aplicar la normativa específica y más protectoria en materia de violencia de género, conforme los principios de oficiosidad, tutela judicial efectiva y protección integral de la víctima”. Por ese motivo, destacó que corresponde analizar las medidas cautelares solicitadas dentro de este marco normativo.
Medidas para proteger a la denunciante
El Juez de Paz le ordenó al hombre la prohibición tanto en forma personal como a su lugar de residencia y puesto de trabajo, estudio, esparcimiento o lugares de esparcimiento de la denunciante, a una distancia no menor a los 500 metros.
La disposición incluye el “inmediato cese de los actos de perturbación o intimidación” como agravios o actos molestos por cualquier medio, ya sea mensajes de texto por WhatsApp o redes sociales. Le advirtieron que en caso de detectar incumplimientos, quedará involucrado en una causa por desobediencia a una orden judicial con intervención del Ministerio Público Fiscal.
Por otra parte, el magistrado dispuso enviar el expediente al Juzgado de Familia de Turno competente para que determine el mecanismo a implementar de acuerdo a lo que establecen las disposiciones generales para los procesos de violencia familiar y de género, como lo marca el Código de Procedimiento de Familia provincial.
En ese ámbito, se comunicó a las partes que deberán contar con la asistencia de un abogado particular de confianza, y en caso de carecer de recursos o estar en situación de vulnerabilidad podrá requerir asistencia legal gratuita en la Defensoría de Pobres y Ausentes.
Todas las medidas tendrán una vigencia de 90 días, plazo que podrá modificar el fuero de Familia. La resolución también fue notificada a la Comisaría de la Familia de Catriel.









